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viernes, 18 de octubre de 2019

Okupas: instrucciones de uso

   Hace menos de una semana, una vecina de Portugalete llamada Victoria Castro, después de pasar unos días visitando a su hermana, se encontró al regresar a su casa con que esta le había sido arrebatada por unos okupas. Doña Victoria tiene 94 años, pero ni siquiera esta circunstancia sirvió para que los sinvergüenzas que le habían robado su vivienda tuvieran con ella no ya la decencia de devolvérsela, sino tan siquiera la piedad de permitirle que entrara a recoger sus pertenencias: la dejaron en la p _ _ _ calle con lo puesto. Quizás este vídeo en el que aparece una de las okupantes ayude un poco a entender esta conducta. Es la mujer que va de negro y con pantalones y, aunque no se ve bien, en algún momento exhibe un cutter para intimidar a quienes la abordaron. Pulsad aquí:
   Tampoco fue muy piadoso con doña Victoria nuestro sistema judicial, que fijo para el 20 de noviembre la vista para su denuncia por la okupación. ¿Y hasta entonces? Debemos suponer que ese era su problema, siempre le quedaría la p _ _ _ calle, porque su casa estaba en poder de los señores okupas, que, al parecer, en España tienen todo el derecho para apropiarse de las viviendas ajenas. 
   Pero, por suerte, esta película de okupas la han ganado los buenos. Indignados por el aberrante maltrato infligido a doña Victoria por los okupantes y el sistema legal y jurídico, los vecinos de su barrio convocaron una concentración ante su casa para presionar a la gentuza que se la había quedado y consiguieron obligarlos a irse. Aquí tenéis un pequeño vídeo:
    ¿Sabéis lo que hicieron entonces los okupas? ¡Llamar a la policía para que los protegiera en su "abandono del hogar"! Ya lo habéis visto: la diligencia que faltó para proteger los derechos de la propietaria de la casa, brilló fulgurante para arropar a esos cínicos ladrones de un bien que en nuestro país está teóricamente protegido por la Constitución. Animados por este éxito, los concentrados se fueron hacia otras dos casas okupadas desde hacía tiempo para proceder a los correspondientes desalojos, ante lo cual los okupantes optaron por renunciar a su derecho a la okupación y pirarse echando virutas antes de que llegasen y los sacaran de allí a hostias. Y, colorín colorado, estas okupaciones se han acabado. 
     Que la legislación sobre okupaciones en España es demencial y aberrante está fuera de toda discusión, pues, ante el robo de una vivienda (no otra cosa es una okupación), defiende al ladrón, mientras que, a la víctima, no solo la desampara, sino que la pone bajo la amenaza de graves perjuicios si se le ocurre siquiera suspirar contra quienes, por el civilizado expediente de colarse en ella, le han arrebatado su casa y todo derecho sobre esa propiedad hasta tanto la justicia tenga a bien pronunciarse. Difícilmente encontraremos una normativa que produzca mayor rechazo e inquietud en la sociedad que la relativa a las okupaciones, pero ahí siguen los problemas, y no vale argumentar que hay familias sin hogar que recurren a la okupación, porque las familias decentes que están en esas circunstancias o se dirigen a las autoridades o, si se meten en alguna casa, procuran en general no perjudicar a terceros, pero, en todo caso, da lo mismo: los problemas de esas familias deberían resolverlos los poderes públicos, para nada justifican la rapiña de un bien, menos aún, de uno tan costoso y esencial como la vivienda: ¿qué leyes pueden santificar el dar hogar a una familia quitándoselo a otra? Que haya sucedido lo de Portugalete debería avergonzar a jueces y legisladores: no debería quedar en manos de concentraciones ciudadanas la resolución de flagrantes delitos.   
    Porque la okupación es un delito, a no ser que alguien se atreva a negar que lo que sufrió doña Victoria fue un robo, y piénsese que esto les ha pasado en España a miles de personas. Hace algo más de un año, publiqué aquí un artículo en el que me felicitaba por la aprobación de la Ley 5/2018 de 11 de junio, que parecía que iba a resolver estas injusticias, pero, dado que siguen apareciendo casos en los medios y dadas las particulares circunstancias de este de doña Victoria y otros, parece que todavía no es suficiente. Así pues, aunque no va a servir para nada y aun a riesgo de recibir ofrenda de tomates podridos, pepinos pasados y gatos muertos, voy a atreverme a enunciar el que yo creo que debería ser el procedimiento de las autoridades en caso de okupación: 
1.- La figura de la okupación no debería existir. Toda invasión de una casa ajena debería considerarse automáticamente delito de allanamiento o apropiación.
2.- Quienes okupasen/allanasen una vivienda ajena deberían ser desalojados por la fuerza pública de manera inmediata.  
3.- Solo en caso de que unos okupantes exhibieran documentos escritos y fiables que justificasen su derecho a permanecer en la vivienda se exigiría al denunciante exhibir igual documentación a la mayor brevedad. 
4.- Los okupantes desalojados, en caso de situación de necesidad, tendrían ese derecho que siempre se tiene a solicitar ante las autoridades las oportunas ayudas. El asunto pasaría a ser lo que debe ser: una responsabilidad de la Administración o un lío para alguno que pretendiera engañarla, no el grave problema de un desventurado al que le arrebatan su vivienda. 
5.- Dado que la okupación sería un delito, los okupantes deberían hacer frente a las responsabilidades por este acto y por los posibles daños causados en la vivienda okupda. Naturalmente, sería este el momento en el que las autoridades de todo rango deberían valorar las circunstancias, tanto atenuantes o eximentes (como podrían ser los estados de necesidad debidamente probados) como agravantes.
     Lo que evidentemente no puede ser es que te quiten tu casa y sin ella te quedes, o que te tengas que ir a una pensión mientras el señor juez decide y otros duermen en tu cama y ven tu tele, o que tengan que venir los vecinos del barrio a echar a unos maleantes que tienen que ser protegidos por la policía que debería haber empezado por detenerlos. Nada de esto es propio de un país civilizado y sensato.

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