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viernes, 22 de enero de 2021

Ley Trans: cuidado con la confusión entre sexo y género

     ¿De verdad es necesario un Ministerio de igualdad? Esta pregunta me la planteé aquí hace poco más de un año y, en aquel artículo, entre otras cosas, me hacía estas preguntas: ¿qué va a entender por igualdad el Ministerio de Igualdad? ¿De qué igualdad se va a ocupar? ¿De la de los colectivos LGTBI? El tiempo, las ideas de la ministra, el secuestro a que tales colectivos y el radicalismo podemita han sometido a ese gabinete y los actos concretos de este (que tiene a sus aliados del PSOE en un sinvivir) me han dado la razón en tan solo 372 días (nuevo récord del guachimán que la universal conjura de envidiosos se encargará de silenciar), baste ver las causas de la última disputa de patio de vecindad en que se han enzarzado los "socios" de gobierno: una querella de quítate-tú-pa-ponerme-yo en la que el transfondo son la Ley de Igualdad de Trato, la Ley por la Igualdad LGTBI y la Ley Trans. ¡Qué país más igual nos va a dejar el gobierno Sánchez-Iglesias!

    La gran duda que tengo desde hace mucho tiempo, dado el encomiable nivel de respeto a los derechos de todos y de garantía de los mismos que desde 1978 gozamos en España, es si realmente son necesarias tantas leyes de especial protección de colectivos particulares. A esta gran duda, desde hace no poco, se ha añadido esta otra: ¿no se conseguirá con estas la creación de estatutos de privilegio para esos colectivos? Esta duda ya la he tocado con mayor o menor profundidad en al menos dos precedente (P1, P2) y hoy voy a volver sobre ella a propósito de la llamada para abreviar Ley Trans, un proyecto podemita que lleva dos años en remojo a causa de las suspicacias que levanta en el PSOE y amplios sectores del feminismo, sectores que han sufrido la persecución del mandarinazgo trans, que se lo pregunten a Lidia Falcón, y ojito con esto. Os dejaré aquí algunos apartados de este proyecto que me hacen desear que jamás llegue a convertirse en ley, no ya porque no sea democrática, sino porque ni siquiera es razonable.  

    Motivaciones (pág. 2). El proyecto comienza con estas palabras: La presente Ley tiene por objeto brindar protección jurídica a las personas identificadas como trans y regular el derecho a la libre determinación de identidad sexual y expresión de género a toda persona, especialmente a aquellas que se identifican como personas trans

    Estas tres líneas son importantísimas, porque, en un puñado de palabras, hacen un retrato profundo de la ley a través de dos elementos esenciales: las intenciones manifestadas y el lenguaje. Vayamos primero con este. ¿Qué es eso de "las personas identificadas como trans" y "personas trans" (sintagma que se repite sin cesar a lo largo de la norma)? ¿Por qué no se dice directamente los trans, lo mismo que en otras leyes se dice, por ejemplo, los menores, las mujeres, los españoles, los andaluces, los trabajadores, las embarazadas o los alumnos? ¿Es por una de esas indeseables y estúpidas secuelas impuestas por el lenguaje inclusivo tan del gusto, por cierto, de estos sectores avanzados, es decir, para no marear a la ciudadanía con un infinito "los trans y las trans" que pondría una vez más en evidencia este absurdo? ¿O es por una sacralización del trans, al que no se podría mencionar tan directamente y se recurre a un empaque enaltecedor? ¿O es por temor a que los trans se mosqueen si se les llama simplemente trans? Tanto reparo terminológico da que pensar, emana de ahí un tufillo de despotismo rancio. Luego está lo de la "libre determinación". ¡Con qué facilidad nos traiciona el lenguaje! Si somos tan progres tan progres que nos dejaríamos matar por la libre determinación de los pueblos, especialmente, si se trata del catalán y el vasco, no es de extrañar que al final acabemos formulando cualquier derecho en términos de libre determinación: libre determinación para ser del Sevilla o del Betis, libre determinación para ir en metro o en autobús, libre determinación para solo o con leche o, como en este caso, libre determinación de identidad sexual. No es que sea inapropiado, pero, como en el caso anterior, ya solo con el universo expresivo seleccionado esta ley está dando claras muestras de tener un sesgo (y las leyes no pueden ser sesgadas), progresista en este caso, y aprovecho este momento para reclamar a la RAE que redefina el término "progresista", porque, si lo son personajes como Pablo Echenique, Gerardo Pisarello, Oriol Junqueras o... Beatriz Gimeno, entonces habrá que redefinir también el término "totalitario".

    En cuanto a las intenciones, la más esencial es la de regular el derecho a la libre determinación de identidad sexual, pero nótese que con especial relevancia para los trans, para quienes otro objetivo de esta ley es ofrecer protección jurídica: si esto es igualdad, que venga Dios y lo vea. Sobre todo esto se vuelve en el articulado, y en el artículo 2 (pág. 8) se concreta que "toda persona es titular del derecho a la libre determinación de la identidad sexual y expresión de género y demás derechos previstos en esta Ley" y que todas las administraciones y seres vivientes están obligados a respetar ese derecho. El problema aquí viene con lo de la libre determinación del sexo, porque, tal y como vamos a ver a continuación, se entiende en términos literales, cosa que, con toda la razón del mundo, desde el feminismo se considera un imposible, aunque con anterioridad ya se había criticado desde otros sectores.  

    Definiciones. El artículo 3 (pág. 8) señala que la identidad sexual o de género es "aquella vivencia interna y personal del género tal y como cada persona la siente y determina, que puede o no corresponder con el sexo asignado al nacer, e incluye el sentido y vivencia personal del cuerpo a través o no de modificaciones en la apariencia o funciones corporales, a través de prácticas farmacológicas o quirúrgicas, siempre desde la autodeterminación personal". Esta definición y el artículo 3 en su conjunto, que es muy largo para reproducirlo aquí, son la base sobre la que gravita la improcedencia de esta ley. El artículo 3 ofrece una visión trans del mundo, aderezada con los prejuicios de los redactores de la ley, y a través de ese filtro se pretende que lo veamos también los demás para propiciar que nos traguemos la propuesta. Pero el mundo no gira alrededor de los trans (por cierto, ¿cuántos habrá en España?) y no se puede imponer que todos aceptemos esos dogmas sobre lo que es un trans y el cuento ese de las personas no binarias que se desarrollan en ese artículo: serán los trans los que se tengan que adaptar al mundo, como hacemos todos, y no el mundo el que se tenga que adaptar a los trans. Es un disparate legislar sobre relativizaciones como las que fundamentan esta ley, porque las leyes deben funcionar desde la realidad universal, y el colmo del despropósito es la definición que he transcrito. En primer lugar, se parte de un bochornoso sofisma, pues se identifica la identidad de género con la sexual: la identidad sexual, salvo en rarísimos casos, viene perfectamente determinada por la naturaleza anatómica, mientras que la identidad de género es... un invento que se han sacado de la manga los promotores de estas polémicas. No se puede legislar partiendo del truco de trilero de identificar una realidad con una entelequia y luego dictar normas que se basan en la entelequia pero afectan a la realidad. En segundo lugar, hace falta tener osadía para plantear en una ley que el sexo (me niego a caer en esa trampa terminológica del género) de cada persona se define por la vivencia interna y personal de cada uno. La vivencia interna y personal de cada uno no puede ser nunca el criterio para hacer leyes, es decir, normas que regulan la vida del conjunto de la sociedad. Del mismo modo que yo no podría pretender ser el pivot del Real Madrid por una discutible vivencia personal de medir 2'14 metros, o, como dice Baroja en El árbol de la Ciencia, a base de creerme loro, acabar viéndome una cola de plumas rojas, ninguna persona que haya nacido con la anatomía de un sexo podrá pretender que, por solo decir que se siente del contrario, la sociedad lo admita como cierto. Eso, que es lo que pretende esta ley, no puede bastar, porque introducir la subjetividad en la implantación de normas es establecer el caos. Que esto es así, aunque les disguste a los defensores de los disparates trans, lo dejó muy claro el caso de Stephen Wood, un caballero que hace unos años decidió declarar que él se sentía en realidad señora, y, puesto que era un violador y a pesar de ello, las inspiradas autoridades británicas lo encarcelaron en una prisión de mujeres, ya con la femenina identidad de Karen White, y allí cometió algunos actos delictivos más propios de Stephen que de Karen. Uno no es hombre, mujer, gran pianista, experto en álgebra, gordo o flaco solo porque lo sienta o lo imponga la Ley Trans, sino por las razones objetivas que lo determinen.

    Si os animáis a leer sus veintitrés páginas, veréis muchas más razones que justificarían el calificarla de engendro insostenible, entre las que no faltan elementos ya tradicionales en estas leyes que se presentan como defensoras de minorías que algún día estuvieron marginadas pero ya no lo están, como la colonización de los centros educativos o el establecimiento de un entramado inquisitorial de vigilancia para prevenir discriminaciones reales o supuestas; así, el capítulo IV ( páginas 17 y 18), que se titula Protección en el ámbito educativo, es una pequeña antología de ambas cosas. Yo, para terminar y puesto que no puedo hacer un artículo eterno, voy a llamaros la atención solo sobre una cosa más. Si os vais al final de la página 15, encontraréis allí el artículo 19, el cual establece que en las ofertas de empleo público se reservará un cupo para los trans. Cupo de reserva de empleos públicos para los trans, así, por mandato legal, como lo leéis. ¿Por qué razón? Deberían explicarlo los redactores del proyecto. Por lo que a mí respecta, este propósito no es ninguna pequeñez, sino una más de las pruebas palmarias que demuestran que esta es una ley lobbista que en realidad lo único que busca, de principio a fin, son privilegios para un colectivo supuestamente maltratado.    

4 comentarios:

  1. La confusión entre sexo y género es un disparate, que puede llevar a considerar que uno cambia de género solo por voluntad propia, aunque biológicamente mantenga el mismo sexo. Es el gobierno de la ficción y la mentira. Y el que no crea en semejante paparrucha será un carca, un retrógrado, un facha... Lo de siempre. Ya tenemos un nuevo componente absurdo y demencial de la izquierda reaccionaria: los trans, las feminecias y toda la pandilla de descerebrados. ¿No hay otra prioridad en España? Para ellos parece que no. Ahí va la noticia sobre la ley que piensan sacar adelante. https://www.vozpopuli.com/espana/ley-trans-cambio-sexo_0_1434157974.html

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    1. Esta ley es un disparate que parece escrito a los dictados de los trans más radicales y caprichosos. Ofende al sentido común y a la racionalidad en la mayor parte de sus planteamientos. Tomada al pie de la letra, cualquiera podría volver locos a los registros civiles declarándose hoy hombre, mañana mujer y pasado de ese tercer género que también tienen proyectado. No hablemos luego de las pretensiones de observatorios inquisitoriales, o de la pasada esa de pretender que haya cupos de reserva para los trans en las oposiciones o ventajas fiscales para las empresas que los contraten. ¿Ley de protección o ley de privilegio? Es aberrante, pero te advierto que en Aragón ya tienen en vigor un truño parecido y ya hay unas oposiciones a la diputación de Huesca con plazas de reserva:
      https://www.elespanol.com/reportajes/20210202/primera-oposicion-funcionario-plaza-reservada-transexuales-huesca/555945810_0.html
      ¡Cómo molan Lambán y sus muchachos! A este paso, todos querremos ser trans, menos mal que bastará con solo decirlo. Preveo una negociación tormentosa en el propio Gobierno, unas discusiones subiditas en las Cortes y, muy probablemente, un recurso ante el Constitucional. Y mientras gastamos tiempo y recursos en estas sandeces, el país amenazado por: el retorno del prusés y de la mesa de negociación, el coronavirus, el hundimiento económico, el encabronamiento político y mil males más. ¿Es normal, por ejemplo, que en un país que envejece a galope tendido nos metamos en este jardín absurdo y no se haga nada por fomentar la natalidad? Demasiado bien estamos.

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  2. https://www.libertaddigital.com/espana/2021-02-03/los-efectos-de-la-ley-trans-ya-vigente-en-aragon-polemica-reserva-de-plazas-oposiciones-transexuales-huesca-6705008/

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